CFR 15-30.9-2013 Comercio y comercio exterior. Parte 30: Regulaciones de comercio exterior. Sección 30.9: Transmisión y corrección de Información Electrónica de Exportación.
(a) La USPPI o el agente de presentación autorizado es responsable de transmitir electrónicamente la EEI precisa tal como se conoce en el momento de la presentación en la AES y de transmitir cualquier cambio a esa información tan pronto como se conozca. Las correcciones, cancelaciones o modificaciones de esa información se identificarán electrónicamente y se transmitirán a la AES para todos los campos requeridos lo antes posible. Las disposiciones de este párrafo relacionadas con el informe de correcciones, cancelaciones o modificaciones de EEI no se interpretarán como una flexibilización de los requisitos de las normas y reglamentos relacionados con la preparación y presentación de EEI. No corregir la EEI constituye una violación de las disposiciones de esta parte.
CFR 15-30.9-2013 Historia
2014CFR 15-30.9-2014 Comercio y comercio exterior. Parte 30: Regulaciones de comercio exterior. Sección 30.9: Transmisión y corrección de Información Electrónica de Exportación.
2013CFR 15-30.9-2013 Comercio y comercio exterior. Parte 30: Regulaciones de comercio exterior. Sección 30.9: Transmisión y corrección de Información Electrónica de Exportación.