CFR 15-744.17-2013
Comercio y comercio exterior. Parte 744: política de control: basada en el usuario final y en el uso final. Sección 744.17: Restricciones a determinadas exportaciones y reexportaciones de microprocesadores de uso general para "usos finales militares" y para "usuarios finales militares".

Estándar No.
CFR 15-744.17-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Estado
 2014-12
Remplazado por
CFR 15-744.17-2014
Ultima versión
CFR 15-744.17-2014
Alcance
a) Prohibición general. Además de los requisitos de licencia por motivos antiterroristas establecidos en la Parte 742 de la EAR, no puede exportar ni reexportar los productos descritos en ECCN 3A991.a.1 en la CCL ("microcircuitos de microprocesador", "microcircuitos de microcomputadora '', y microcircuitos microcontroladores con una velocidad de procesamiento de 5 GFLOPS o más y una unidad aritmética lógica con un ancho de acceso de 32 bits o más), sin licencia si, en el momento de la exportación o reexportación, usted sabe, tiene motivos saber, o ser informado por BIS, que el artículo será o está destinado a ser utilizado para un 'uso final militar', tal como se define en el párrafo (d) de esta sección, en el grupo de países D:1 (ver Suplemento No. 1 a la Parte 740 de la EAR); o por un 'usuario final militar', según se define en el párrafo (e) de esta sección, en el grupo de países D:1. Este requisito de licencia no se aplica a las exportaciones o reexportaciones de artículos para uso oficial por parte del personal y agencias del gobierno de los EE. UU. o agencias de un gobierno cooperante. Consulte el artículo 740.11(b)(3) de la EAR para conocer las definiciones de "agencia del gobierno de los EE. UU." y "agencia de un gobierno cooperante".

CFR 15-744.17-2013 Historia

  • 2014 CFR 15-744.17-2014 Comercio y comercio exterior. Parte 744: Política de control: basada en el usuario final y el uso final. Sección 744.17: Restricciones a ciertas exportaciones, reexportaciones y transferencias (dentro del país) de microprocesadores y "software" y "tecnología" asociados para "usos finales militares" y para
  • 2013 CFR 15-744.17-2013 Comercio y comercio exterior. Parte 744: política de control: basada en el usuario final y en el uso final. Sección 744.17: Restricciones a determinadas exportaciones y reexportaciones de microprocesadores de uso general para "usos finales militares" y para "usuarios finales militares".



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