(a) Todo fabricante extranjero cuyos dispositivos se distribuyan en los Estados Unidos deberá designar un agente estadounidense responsable de informar de conformidad con la sección 807.40 de este capítulo. El agente designado de EE. UU. acepta la responsabilidad de los deberes que
CFR 21-803.58-2014 Historia
2014CFR 21-803.58-2014 Alimentos y Medicamentos. Parte 803: Informes de dispositivos médicos (Eff. 8-14-15). Sección 803.58: Fabricantes extranjeros.