(a) Las ganancias y pérdidas por la venta, retiro u otra disposición de propiedad depreciable deben incluirse en el año en que ocurren como créditos o cargos al grupo o grupos de costos de activos en los que se incluyó la propiedad. El monto de la ganancia o l
CFR 2-200.443-2013 Historia
2014CFR 2-200.443-2014 Subvenciones y convenios. Parte 200: Requisitos administrativos uniformes, principios de costos y requisitos de auditoría para adjudicaciones federales. SubparteE: Principios de costes. Sección 200.443: Ganancias y pérdidas por enajenación de activos depreciables.