CFR 22-126.17-2014 Relaciones Extranjeras. Parte 126: Políticas y disposiciones generales. Sección 126.17: Exención conforme al Tratado de Cooperación Comercial de Defensa entre los Estados Unidos y el Reino Unido.
(a) Alcance de la exención y condiciones requeridas. (1) Definiciones. (i) Una exportación significa, para los fines de esta sección únicamente, el movimiento inicial de artículos o servicios de defensa desde la Comunidad de los Estados Unidos a la Comunidad del Reino Unido.
CFR 22-126.17-2014 Historia
2014CFR 22-126.17-2014 Relaciones Extranjeras. Parte 126: Políticas y disposiciones generales. Sección 126.17: Exención conforme al Tratado de Cooperación Comercial de Defensa entre los Estados Unidos y el Reino Unido.