En un caso de dificultad excepcional o indebida, o cuando sea de otro modo en interés del Gobierno de los Estados Unidos, el Subsecretario de Estado Adjunto para Controles Comerciales de Defensa podrá hacer una excepción a las disposiciones de este subcapítulo.
CFR 22-126.3-2014 Historia
2014CFR 22-126.3-2014 Relaciones Extranjeras. Parte 126: Políticas y disposiciones generales. Sección 126.3: Excepciones.