El Juez de Derecho Administrativo al que se refiere esta parte es un Juez de Derecho Administrativo designado por el Departamento de Estado. El Juez de Derecho Administrativo está autorizado para ejercer las facultades y desempeñar las funciones previstas en los §§ 127.7 y 128.3 hasta
CFR 22-128.2-2013 Historia
2013CFR 22-128.2-2013 Relaciones Extranjeras. Parte 128: Procedimientos administrativos. Artículo 128.2: Juez de Derecho Administrativo.