(a) Inscripción especial para ciertas personas que pierden la cobertura—(1) En general. Se requiere un plan de salud grupal para permitir que los empleados actuales y dependientes (como se define en § 54.9801–2) que se describen en el párrafo (a)(2) de esta sección se inscriban para la cobertura bajo los términos del plan si las condiciones del párrafo (a)(3) de esta sección se cumplen. Los derechos de inscripción especiales conforme a este párrafo (a) se aplican independientemente de las fechas en las que una persona podría inscribirse en el plan.