CFR 32-161.2-2014 Defensa Nacional. Parte 161: Tarjetas de identificación para miembros de los servicios uniformados, sus dependientes y otras personas elegibles. Sección 161.2: Aplicabilidad.
Esta parte se aplica a: (a) La Oficina del Secretario de Defensa (OSD), los Departamentos Militares (incluida la Guardia Costera en todo momento, incluso cuando es un Servicio del Departamento de Seguridad Nacional mediante acuerdo con ese Departamento), la Oficina del Presidente del Estado Mayor Conjunto y del Estado Mayor Conjunto, los Comandos Combatientes.
CFR 32-161.2-2014 Historia
2014CFR 32-161.2-2014 Defensa Nacional. Parte 161: Tarjetas de identificación para miembros de los servicios uniformados, sus dependientes y otras personas elegibles. Sección 161.2: Aplicabilidad.