Para hacer frente a circunstancias inusuales y permitir el crecimiento en el proceso EIAP, SAF/IEI puede otorgar exenciones a aquellos procedimientos contenidos en esta parte que no son requeridos por la NEPA o las Regulaciones CEQ. Dichas exenciones no se utilizarán para limitar el cumplimiento de la NEPA o las Regulaciones CEQ, sino solo para sustituir otros procedimientos más adecuados en relación con el contexto de la acción particular.
CFR 32-989.36-2014 Historia
2014CFR 32-989.36-2014 Defensa Nacional. Parte 989: Proceso de análisis de impacto ambiental (eiap). Sección 989.36: Renuncias.