CFR 40-180.319-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.319: Tolerancias provisionales.
(un general. Si bien las peticiones de tolerancias para residuos insignificantes están pendientes y hasta que se completen las acciones sobre estas peticiones, se establecen tolerancias provisionales para los residuos de los pesticidas químicos enumerados en o sobre los siguientes productos agrícolas crudos:
CFR 40-180.319-2014 Historia
2014CFR 40-180.319-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.319: Tolerancias provisionales.