(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos de forclorfenurón, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos que figuran en la tabla siguiente. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente el forclorfenurón (N-(2-cloro-4-piridinil)-N-fenilurea).