CFR 40-180.676-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.676: Fenpropidina; tolerancias de residuos.
(un general. En el cuadro siguiente se establecen tolerancias para los residuos de fenpropidina, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en el interior o en la superficie de los productos. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente la fenpropidina (1-[3-[4-(1,1-dimetiletil)fenil]-2-metilpropil]piperidina).
CFR 40-180.676-2014 Historia
2014CFR 40-180.676-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.676: Fenpropidina; tolerancias de residuos.