CFR 40-180.586-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.586: Clotianidina; tolerancias de residuos.
(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos del insecticida clotianidina, incluidos sus metabolitos y degradados. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente clotianidina, (E)-N-[(2-cloro-5-tiazolil)metil]-N'-metil-N"-nitroguanidina, en o sobre los siguientes Productos agrícolas crudos:
CFR 40-180.586-2013 Historia
2013CFR 40-180.586-2013 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.586: Clotianidina; tolerancias de residuos.