(a) Esta sección se aplica a los propietarios u operadores de fuentes afectadas existentes que buscan cumplir con § 63.1313(b) utilizando un promedio de emisiones en lugar de seguir las disposiciones de §§ 63.1314, 63.1315, 63.1316 a 63.1320, 63.1321 y 63.1330.