Esta parte establece las condiciones que todos los laboratorios deben cumplir para obtener la certificación para realizar pruebas en muestras humanas según las Enmiendas de mejora de laboratorios clínicos de 1988 (CLIA). Implementa las secciones 1861 (e) y (j), la oración que sigue a la sección
CFR 42-493.1-2014 Historia
2014CFR 42-493.1-2014 Salud pública. Parte 493: Requisitos de laboratorio. Artículo 493.1: Base y alcance.