CFR 46-154.903-2014 Transporte marítimo.PARTE 154: Normas de seguridad para buques autopropulsados que transporten gases licuados a granel. Sección 154.903: Sistemas de gas inerte: General.
(a) El gas inerte transportado o generado para cumplir con las §§ 154.901, 154.902 y 154.1848 debe ser no inflamable y no reactivo con las cargas que la embarcación está certificada para transportar y los materiales de construcción de los tanques de carga, bodega e interbarrera. espacios y aislamientos.
CFR 46-154.903-2014 Historia
2014CFR 46-154.903-2014 Transporte marítimo.PARTE 154: Normas de seguridad para buques autopropulsados que transporten gases licuados a granel. Sección 154.903: Sistemas de gas inerte: General.