(a) Una persona que a sabiendas viola un requisito de la ley federal de transporte de materiales peligrosos, una orden emitida conforme a la misma, este subcapítulo, el subcapítulo C del capítulo, o un permiso o aprobación especial emitido bajo este subcapítulo aplicable al transporte de materiales peligrosos o la causa de su transporte o envío está sujeto a una multa civil de no más de $75,000 por cada infracción, excepto que la pena civil máxima es de $175,000 si la infracción resulta en muerte, enfermedad grave o lesión grave a cualquier persona o destrucción sustancial de propiedad. No existe una sanción civil mínima, excepto una sanción civil mínima de $450 por infracciones relacionadas con la capacitación. Cuando la infracción es continua, cada día de la infracción constituye un delito separado.
CFR 49-107.329-2013 Historia
2013CFR 49-107.329-2013 Transporte. Parte 107: Procedimientos del programa de materiales peligrosos. Sección 107.329: Sanciones máximas.