(a) El hecho ha sido determinado por el Secretario de Agricultura, y por la presente se notifica, que el maíz o maíz indio (Zea mays L.) y plantas estrechamente relacionadas están sujetos a ciertas enfermedades nocivas, especialmente Peronospora maydis Raciborski, Sclerospora sacchari Miyake y otros mildiú velloso; también las enfermedades Physoderma del maíz, Physoderma zeae-maydis Shaw y Physoderma maydis Miyake, nuevas en los Estados Unidos y que hasta ahora no han sido ampliamente prevalentes ni distribuidas dentro y a lo largo de los Estados Unidos, y que estas enfermedades ocurren en el sudeste asiático (incluidas India, Siam, Indo- China y China), Archipiélago Malayo, Australia, Oceanía, Islas Filipinas, Formosa, Japón e islas adyacentes.
CFR 7-319.24-2013 Historia
2014CFR 7-319.24-2014 Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Subparte:Enfermedades del maíz. Sección 319.24:1-5.
2013CFR 7-319.24-2013 Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.24: Aviso de cuarentena.