Los plátanos (Musa spp., que incluyen cultivares de M. acuminate y híbridos de M. acuminate x M. balbisiana) pueden importarse a los Estados Unidos continentales desde Filipinas únicamente bajo las condiciones descritas en esta sección. Estas condiciones están diseñadas para prevenir la introducción de las siguientes plagas cuarentenarias: Bactrocera musae (Tryon), Bactrocera occipitalis (Bezzi) y Bactrocera philippinensis (Drew y Hancock), moscas de la fruta; Ceroplastes rubens (Maskell), la escama de cera roja; Coccus viridis (Verde), la escala verde; Sybra alternans (Wiedemann), un escarabajo de cuernos largos; Dymicoccus neobrevipes (Beardsley), la cochinilla gris de la piña; Geococcus coffeae (Verde), la cochinilla de la raíz del café; Maconellicoccus hirsutus (Verde), la cochinilla del hibisco; Planococcus lilacinus (Cockerell), la cochinilla del café; Planococcus minor (Maskell), la cochinilla del Pacífico; Pseudococcus cryptus (Hempel), la críptica cochinilla; Rastrococcus invadens (Williams), la cochinilla del mango; y Rastrococcus spinosus (Robinson), la cochinilla del mango filipino.
CFR 7-319.56-58-2013 Historia
2013CFR 7-319.56-58-2013 Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.56-58: Plátanos de Filipinas.