CFR 7-319.56-58-2013
Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.56-58: Plátanos de Filipinas.

Estándar No.
CFR 7-319.56-58-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 7-319.56-58-2013
Alcance
Los plátanos (Musa spp., que incluyen cultivares de M. acuminate y híbridos de M. acuminate x M. balbisiana) pueden importarse a los Estados Unidos continentales desde Filipinas únicamente bajo las condiciones descritas en esta sección. Estas condiciones están diseñadas para prevenir la introducción de las siguientes plagas cuarentenarias: Bactrocera musae (Tryon), Bactrocera occipitalis (Bezzi) y Bactrocera philippinensis (Drew y Hancock), moscas de la fruta; Ceroplastes rubens (Maskell), la escama de cera roja; Coccus viridis (Verde), la escala verde; Sybra alternans (Wiedemann), un escarabajo de cuernos largos; Dymicoccus neobrevipes (Beardsley), la cochinilla gris de la piña; Geococcus coffeae (Verde), la cochinilla de la raíz del café; Maconellicoccus hirsutus (Verde), la cochinilla del hibisco; Planococcus lilacinus (Cockerell), la cochinilla del café; Planococcus minor (Maskell), la cochinilla del Pacífico; Pseudococcus cryptus (Hempel), la críptica cochinilla; Rastrococcus invadens (Williams), la cochinilla del mango; y Rastrococcus spinosus (Robinson), la cochinilla del mango filipino.

CFR 7-319.56-58-2013 Historia

  • 2013 CFR 7-319.56-58-2013 Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.56-58: Plátanos de Filipinas.



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