CFR 7-319.56-59-2013
Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.56-59:BCítricos frescos procedentes del Uruguay.

Estándar No.
CFR 7-319.56-59-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 7-319.56-59-2013
Alcance
Naranjas dulces (Citrus sinensis (L.) Osbeck), limones (C. limon (L.) Burm. f.), mandarinas (C. reticulata Blanco, C. clementina Hort. ex Tanaka, C. deliciosa Ten. y C. . unshiu Marcow), híbridos de Citrus, Fortunella japonica (Thunb.) Swingle y F. margarita (Lour.) Swingle pueden importarse a los Estados Unidos continentales desde Uruguay sólo bajo las condiciones descritas en esta sección. Estas especies se denominan colectivamente en esta sección "cítricos". Estas condiciones están diseñadas para prevenir la introducción de las siguientes plagas cuarentenarias: Anastrepha fraterculus, Ceratitis capitata, Cryptoblabes gnidiella, Elsinoe ..australis, Gymnandrosoma aurantianum y Xanthomonas citri subsp. Cítrico.

CFR 7-319.56-59-2013 Historia

  • 2013 CFR 7-319.56-59-2013 Agricultura. Parte 319: Avisos de cuarentena extranjera. Sección 319.56-59:BCítricos frescos procedentes del Uruguay.



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