CFR 7-3555.352-2013 Agricultura. Parte 3555: Programa de vivienda rural garantizada (efectivo 9-1-14). Sección 3555.352: Pérdida cubierta por la garantía.
Sujeto a la § 3555.351, el pago del reclamo por pérdida se calculará como la diferencia entre el Endeudamiento Total del préstamo y el Valor Neto de Recuperación calculado de acuerdo con la § 3555.353. El Endeudamiento Total del préstamo incluye:
CFR 7-3555.352-2013 Historia
2013CFR 7-3555.352-2013 Agricultura. Parte 3555: Programa de vivienda rural garantizada (efectivo 9-1-14). Sección 3555.352: Pérdida cubierta por la garantía.