CFR 7-3555.356-2013
Agricultura. Parte 3555: Programa de vivienda rural garantizada (efectivo 9-1-14). Sección 3555.356: Recuperación futura.

Estándar No.
CFR 7-3555.356-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 7-3555.356-2013
Alcance
El prestamista debe notificar a la Agencia sobre la venta de una propiedad REO. Si el prestamista recupera fondos adicionales después de que se haya pagado la reclamación por pérdida, los ingresos se distribuirán de manera que la pérdida total para el Gobierno sea equivalente a la pérdida en que se habría incurrido si el monto recuperado se hubiera incluido en el cálculo de pérdida inicial.

CFR 7-3555.356-2013 Historia

  • 2013 CFR 7-3555.356-2013 Agricultura. Parte 3555: Programa de vivienda rural garantizada (efectivo 9-1-14). Sección 3555.356: Recuperación futura.



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