(a) Fecha de ajuste. La condición de extranjero cuya solicitud de residencia temporal sea aprobada se ajustará a la de residente temporal legal a partir de la fecha en que se pagó la tasa en una oficina de legalización, salvo que la condición de extranjero que solicitó dicha condición en una oficina de procesamiento en el extranjero cuya solicitud haya sido recomendada para su aprobación por esa oficina se ajustará a la fecha de su admisión a los Estados Unidos.
CFR 8-210.4-2013 Historia
2013CFR 8-210.4-2013 Extranjería y Nacionalidad. Parte 210: Trabajadores agrícolas especiales. Sección 210.4: Estado y beneficios.