CFR 8-253.1-2013
Extranjería y Nacionalidad. Parte 253: Libertad condicional de tripulantes alienígenas. Sección 253.1: Libertad condicional.

Estándar No.
CFR 8-253.1-2013
Fecha de publicación
2013
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 8-253.1-2013
Alcance
(un general. Cuando un tripulante recibe libertad condicional para ingresar a los Estados Unidos de conformidad con las disposiciones de esta parte conforme a las disposiciones de la sección 212 (d) (5) de la Ley, se le entregará el Formulario I-94 (ver § 1.4), que refleja los términos de libertad condicional. Se entregará una notificación en el Formulario I-259 al agente y, si está disponible, al propietario y al capitán o al oficial al mando de la embarcación o aeronave, que especificará el propósito de la libertad condicional y las condiciones bajo las cuales el tripulante extranjero es en libertad condicional en los Estados Unidos. El Formulario I-259 también especificará la oficina del Servicio a la que se presentará el tripulante extranjero para su inspección al terminar la libertad condicional. La garantía de pago de gastos médicos y otros gastos relacionados requerida por la sección 253 de la Ley será ejecutada por el propietario, agente, consignatario, oficial al mando o capitán en el Formulario I-510.

CFR 8-253.1-2013 Historia

  • 2013 CFR 8-253.1-2013 Extranjería y Nacionalidad. Parte 253: Libertad condicional de tripulantes alienígenas. Sección 253.1: Libertad condicional.



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