1.1 Esta norma define el contenido de bario en aceites lubricantes sin usar como comprendido entre el 0,005 % y el 1,0 % en fracción másica, el contenido de calcio y magnesio como comprendido entre el 0,002 % y el 0,3 % en fracción másica, y el contenido de zinc como comprendido entre el 0,002 % y el 0,2 % en fracción másica. 1.2 Con la dilución adecuada, se pueden determinar contenidos de metales más altos. Este método también puede determinar contenidos más bajos de metales como bario, calcio, magnesio y zinc, hasta aproximadamente 10 ppm. El uso de contenidos tan bajos debe ser acordado entre el fabricante y el usuario. 1.3 Los aceites lubricantes que contienen aditivos dependientes de la viscosidad y la temperatura pueden producir resultados más bajos cuando se calibran utilizando muestras estándar sin aditivos dependientes de la viscosidad y la temperatura. 1.4 Los valores dados en esta norma son valores estándar en el Sistema Internacional de Unidades (SI). No se utilizan otras unidades de medida en esta norma. 1.5 Esta norma no abarca todos los aspectos de seguridad relacionados con su aplicación. Los usuarios de esta norma son responsables de garantizar la adopción de las medidas de seguridad y salud adecuadas y de verificar el cumplimiento de las restricciones reglamentarias aplicables antes de su uso. Consulte las secciones 3.1, 6.3 y 8.1 para obtener las advertencias de seguridad pertinentes.
GOST 33904-2016 Historia
2016GOST 33904-2016 Aceites lubricantes. Determinación del contenido de bario, calcio, magnesio y zinc por método de espectrometría de absorción atómica.