NF D35-338:1986
CALDERAS DE GAS DE POTENCIA INFERIOR O IGUAL A 70 KW. CALDERAS DE CONDENSACIÓN DE GAS EQUIPADAS CON VENTILADOR PERO SIN CORTE DE TIRO NI ABERTURA PARA DILUCIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN.

Estándar No.
NF D35-338:1986
Fecha de publicación
1986
Organización
Association Francaise de Normalisation
Estado
 2000-04
Remplazado por
NF D35-345:2000
NF D35-346:1998
NF D35-338/A1:1988
Ultima versión
NF D35-500-2-1:2012
 

Introducción

Este documento técnico establece los requisitos y especificaciones para los calentadores de gas de condensación que operan con una potencia útil inferior a 70 kW. El alcance de estas normas abarca específicamente los modelos equipados con ventiladores, excluyendo aquellos diseñados para diluir los gases de escape en la atmósfera mediante métodos adicionales. Se definen los criterios de seguridad, rendimiento energético y pruebas necesarias para garantizar la funcionalidad adecuada de estos equipos bajo condiciones normales de funcionamiento.

Las directrices técnicas detallan la configuración de los componentes internos, la gestión del flujo de aire y los sistemas de combustión para maximizar la eficiencia térmica. Asimismo, se incluyen procedimientos para evaluar la estabilidad de la llama y el manejo de los productos de la combustión. Este marco normativo ha sido elaborado por una entidad francesa especializada en la normalización industrial, con el objetivo de armonizar la calidad y seguridad de los aparatos térmicos residenciales y comerciales en el mercado local.

NF D35-338:1986 Historia

  • 2012 NF D35-500-2-1:2012 Calderas de calefacción alimentadas por gas - Parte 2-1: norma específica para los aparatos de tipo C y los aparatos de tipo B2, B3 y B5 de potencia calorífica nominal no superior a 1000 kW.
  • 2000 NF D35-345:2000 Calderas de calefacción central alimentadas por gas: calderas de tipo C con potencia calorífica nominal no superior a 70 kW.
  • 1986 NF D35-338:1986 CALDERAS DE GAS DE POTENCIA INFERIOR O IGUAL A 70 KW. CALDERAS DE CONDENSACIÓN DE GAS EQUIPADAS CON VENTILADOR PERO SIN CORTE DE TIRO NI ABERTURA PARA DILUCIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN.

Temas especiales sobre estándares y normas

estándares y especificaciones




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