Esta norma especifica los requisitos de seguridad, construcción y rendimiento para los reguladores de presión, en adelante denominados gobernadores, destinados a su uso con aparatos de gas. También proporciona los procedimientos de prueba para evaluar estos requisitos y la información necesaria para el comprador y usuario. Esta norma se aplica a los reguladores de presión para aparatos que queman gas con un tamaño de conexión nominal hasta DN 50 inclusive y que pueden usarse y probarse independientemente de estos aparatos. Estos reguladores son adecuados para uno o más gases combustibles de la primera, segunda y tercera familia (ver anexo A), a una presión de entrada de hasta 200 mbar inclusive. Esta norma no cubre: (a) reguladores conectados directamente a la tubería principal o a un recipiente que mantenga una presión de distribución estándar; b) reguladores destinados a aparatos de gas instalados al aire libre y expuestos al medio ambiente.
DS/EN 88:1992 Historia
1992DS/EN 88:1992 Reguladores de presión para aparatos de gas para presiones de entrada de hasta 200 mbar