ASTM E2324-04(2017)
Guía estándar para pruebas emparejadas de PDD

Estándar No.
ASTM E2324-04(2017)
Fecha de publicación
2017
Organización
American Society for Testing and Materials (ASTM)
Ultima versión
ASTM E2324-04(2017)
Alcance
1.1 Esta es una guía para la derivación de evaluaciones cuantitativas de la credibilidad del testimonio de testigos propuesto mediante la aplicación de principios estadísticos establecidos a combinaciones de resultados de exámenes de PDD, y para la utilización de dichas evaluaciones en interés de la justicia (Protocolo Marin). 1.2 Esta guía describe circunstancias en las que principios estadísticos probados, aplicados a los resultados de PDD, pueden cuantificar de manera confiable la confiabilidad o falta de confiabilidad del testimonio de los testigos, y 1.2.1 Delinea los requisitos necesarios para efectuar la generación y el uso práctico de dichos resultados, incluyendo: 1.2.1.1 Criterios relacionados con los testigos que serán interrogados, 1.2.1.2 Criterios para determinar los hechos sobre los cuales se deben interrogar los testigos, 1.2.1.3 Certificación de los examinadores elegibles para realizar exámenes, 1.2.1.4 Combinaciones de resultados que respalden inferencias sólidas, y 1.2.1.5 Usos apropiados a lo que se pueden hacer fuertes inferencias. 1.3 Los tribunales y otros responsables de resolver cuestiones de hecho pueden elegir si invocar las pruebas de PDD pareadas y cuándo. 1.3.1 Esta guía expresa los derechos y obligaciones de todos los participantes para servir mejor a los intereses de la justicia cuando se invoca. 1.3.2 Las pruebas de PDD emparejadas no deben invocarse en ningún caso en ninguna jurisdicción donde hacerlo violaría las leyes de esa jurisdicción. 1.3.3 El cumplimiento de estas directrices garantiza que las conclusiones alcanzadas serán válidas. 1.4 Esta guía está dirigida a la propuesta de testimonio de testigos en litigios penales, civiles, administrativos y de tribunales de familia, en relación con reclamaciones de hecho, donde 1.4.1 Es poco probable que los testigos puedan estar honestamente equivocados, y 1.4.2 Los hechos en disputa son de modo que el caso pueda depender de quién crea el juez de hecho; siempre que, 1.4.3 Los testigos de lados opuestos de un caso ofrezcan testimonios contradictorios. 1.4.4 Dos o más testigos que testifiquen por una parte ofrecen testimonios que se corroboran mutuamente. 1.5 Esta norma internacional fue desarrollada de acuerdo con los principios internacionalmente reconocidos sobre estandarización establecidos en la Decisión sobre Principios para el Desarrollo de Normas, Guías y Recomendaciones Internacionales emitida por el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio.

ASTM E2324-04(2017) Documento de referencia

ASTM E2324-04(2017) Historia




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