"Las áreas de refinería a las que se aplica esta publicación son aquellas en las que los gases inflamables de petróleo y los líquidos volátiles son: a@ procesados; b@ almacenados; y c@ cargados@ descargados@ o manipulados de otra manera. Al establecer los límites de las áreas clasificadas@ es Se asume que los vapores son materiales peligrosos del Grupo D más pesados que el aire según se define en el Art. 500@ NFPA Boletín No. 70: Código Eléctrico Nacional (ver Apéndice). Si existen condiciones diferentes al promedio@ o si los vapores inflamables son más livianos que el aire (Grupos NEC A@ B@ o C)@ puede ser necesario realizar modificaciones adecuadas en las prácticas descritas en este documento. Sin embargo@ la clasificación de áreas basada en vapores más pesados que el aire normalmente debería ser conservadora para vapores más ligeros que el aire. vapores que no son aire. Las instalaciones de procesamiento de refinerías consisten en equipos especializados dentro de los cuales líquidos o vapores se procesan continuamente a altas velocidades y a temperaturas y presión elevadas. Se producen cambios tanto químicos como físicos en estos materiales y durante condiciones "anormales" la composición y las propiedades de las acciones pueden cambiar drásticamente. Estas condiciones@ junto con consideraciones de continuidad operativa@ dictan estándares de diseño de refinerías que no están garantizados en otras operaciones de la industria petrolera. Por estas razones@ se considera que las recomendaciones de esta publicación no aplican fuera de las refinerías. Factores como la corrosión, el clima, el mantenimiento, la estandarización e intercambiabilidad de los equipos y los posibles cambios o expansión del proceso dictan con frecuencia el uso de gabinetes o instalaciones especiales para sistemas eléctricos. Tales factores están fuera del alcance de esta publicación @ que se ocupa exclusivamente de la aplicación adecuada de equipos eléctricos para evitar la ignición de vapores y gases inflamables."
2012API RP 500-2012 Práctica recomendada para la clasificación de ubicaciones para instalaciones eléctricas en instalaciones petroleras clasificadas como Clase I@ División 1 y División 2 (Tercera edición; ERRATA: ENERO DE 2014)
1997API RP 500-1997 Práctica recomendada para la clasificación de ubicaciones para instalaciones eléctricas en instalaciones petroleras clasificadas como Clase I @ División 1 y División 2 (Segunda edición; Errata 17/10/1998)
1991API RP 500-1991 Práctica recomendada para la clasificación de ubicaciones para instalaciones eléctricas en instalaciones petroleras (Primera edición; reemplaza a RP 500A@ RP 500B@ RP 500C)
1957API RP 500-1957 Práctica recomendada para la clasificación de áreas para instalaciones eléctricas en refinerías de petróleo (Segunda edición)
1955API RP 500-1955 PRÁCTICA RECOMENDADA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ÁREAS PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN REFINERÍAS DE PETRÓLEO (PRIMERA EDICIÓN)