Los valores de rendimiento en esta práctica recomendada de SAE son aplicables a vehículos con sistemas de frenos que tienen rangos de presión de servicio típicos de 0 a 14,1 MPa (0 a 2050 psi) hidráulicos o de 0 a 830 kPa (0 a 120 psi) de aire únicamente. SAE J880 no solo permite determinar la capacidad máxima de potencia de frenado, sino que también permite la verificación de cualquier nivel deseado o arbitrario, como el requisito establecido en este documento. Los criterios determinantes para decidir la capacidad de potencia nominal de los frenos son: a. capacidad de frenado en frío; b. desvanecerse como resultado de la absorción de caballos de fuerza; C. capacidad de frenado con frenos calientes después de la absorción de caballos de fuerza; d. estabilidad del sistema de frenos después de la absorción de caballos de fuerza; y e. Integridad funcional y estructural del sistema de frenos después de la prueba. El propósito de este documento es establecer un nivel mínimo de potencia nominal de frenado (BRP) para vehículos comerciales probados de acuerdo con SAE J880.
SAE J257-1997 Historia
2019SAE J257-2019 Requisitos de potencia nominal de frenado: camiones y autobuses
2011SAE J257-2011 Requisitos de potencia de frenado para camiones y autobuses
1997SAE J257-1997 Requisitos de potencia de frenado: vehículos comerciales
1985SAE J257-1985 REQUISITOS DE POTENCIA DE FRENO: VEHÍCULOS COMERCIALES
1972SAE J257-1972 REQUISITOS DE POTENCIA DE FRENO - VEHÍCULOS COMERCIALES