Los valores mínimos de rendimiento en esta práctica recomendada por SAE son aplicables a vehículos con sistemas de frenos que tienen rangos de presión de servicio típicos de 0 a 16,6 MPa (0 a 2400 psi) hidráulicos o de 0 a 945 kPa (0 a 135 psi) de aire únicamente. SAE J880 no solo permite determinar la capacidad máxima de potencia nominal de frenado, sino que también permite la verificación de cualquier nivel deseado o arbitrario, como el requisito establecido en este documento. Los criterios determinantes para decidir la capacidad nominal de potencia de frenado son: a. capacidad de frenado en frío; b. desvanecerse como resultado de la absorción de potencia de frenado; C. capacidad de frenado en caliente tras la absorción de la potencia de frenado; d. estabilidad del sistema de frenos tras la absorción de la potencia de frenado; y e. Integridad funcional y estructural del sistema de frenos después de la prueba. El propósito de este documento es establecer un nivel mínimo de potencia nominal de frenado (BRP) para vehículos comerciales probados de acuerdo con SAE J880.