Esta norma se refiere a las grúas portuarias para carga y descarga - de bultos con un peso no superior a 6.000 kg, - de materiales a granel. Posteriormente podrá ampliarse a:
——las grúas destinadas a manipular bultos de peso superior a 6.000 kg, - los equipos de elevación distintos de las grúas. Para estos últimos, sin embargo, se recomienda, a partir de ahora, elegir sus características entre las definidas en esta norma.
NBN 422-1957 Historia
1957NBN 422-1957 MOTORES DE LEVAGE PORTUAIRES CARACTERÍSTICAS DE GRUES PORTUAIRES