Esta práctica establece los parámetros básicos para controlar la aplicación del método de líquidos penetrantes. Esta práctica está escrita para que pueda especificarse en el plano de ingeniería, la especificación o el contrato. No es un procedimiento detallado que pueda utilizar el inspector y, por lo tanto, debe complementarse con un procedimiento detallado que se ajuste a los requisitos de esta práctica. El Método de prueba E 165 contiene información para ayudar a desarrollar requisitos prácticos detallados. 1.1 Esta práctica establece los requisitos mínimos para realizar exámenes con líquidos penetrantes de metales no porosos y componentes no metálicos. 1.2 Los procesos de examen penetrante descritos en esta práctica son aplicables a las inspecciones en proceso, finales y de mantenimiento (en servicio). Estos procesos son aplicables para la detección de discontinuidades, como falta de fusión, corrosión, grietas, vueltas, cierres en frío y porosidad, que están abiertas o conectadas a la superficie del componente bajo examen. 1.3 Se debe tener precaución en el uso de temperatura elevada con componentes fabricados en materiales termoplásticos. Además, algunos limpiadores, penetrantes y reveladores pueden tener un efecto nocivo en materiales no metálicos como los plásticos. Antes del examen, se deben realizar pruebas para garantizar que ninguno de los materiales de limpieza o inspección sea perjudicial para los componentes que se van a examinar. 1.4 Los valores indicados en unidades pulgada-libra se consideran estándar. Las unidades SI que se dan entre paréntesis son solo para información. 1.5 Todas las áreas de esta práctica pueden estar abiertas a acuerdo entre la organización de ingeniería competente y el proveedor, o a instrucciones específicas de la organización de ingeniería competente. 1.6 Esta norma no pretende abordar todas las los problemas de seguridad, si los hubiera, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad y salud y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.