LST EN 302 502 V1.1.1-2007
Redes de acceso por radio de banda ancha (BRAN); sistemas fijos de transmisión de datos de banda ancha de 5,8 GHz; EN armonizada que cubre los requisitos esenciales del artículo 3.2 de la Directiva R&TTE

Estándar No.
LST EN 302 502 V1.1.1-2007
Fecha de publicación
2007
Organización
Lithuanian Standards Office
Estado
 2008-10
Remplazado por
LST EN 302 502 V1.2.1-2008
Ultima versión
LST EN 302 502 V1.2.1-2008
 

Introducción

Este norma establece los requisitos técnicos para sistemas de transmisión de datos de banda ancha fija operando en la banda de frecuencias de 5,8 GHz. Se centra en la compatibilidad electromagnética y en la minimización de las interferencias entre los diferentes dispositivos y sistemas. La norma aborda aspectos relacionados con la emisión, la recepción y la interoperabilidad de los equipos dentro de una red de acceso por radiofrecuencia. Además, se incluyen especificaciones sobre la calidad del servicio, la seguridad de la red y la gestión de la espectro. La norma se basa en los requisitos básicos definidos por la directiva R&TTE y proporciona una guía para la conformidad con las normas europeas en este ámbito.

LST EN 302 502 V1.1.1-2007 Historia

  • 2008 LST EN 302 502 V1.2.1-2008 Redes de Acceso Radio de Banda Ancha (BRAN); sistemas de transmisión de datos de banda ancha fija de 5,8 GHz; EN armonizada que cubre los requisitos esenciales del artículo 3.2 de la Directiva R&TTE
  • 2007 LST EN 302 502 V1.1.1-2007 Redes de acceso por radio de banda ancha (BRAN); sistemas fijos de transmisión de datos de banda ancha de 5,8 GHz; EN armonizada que cubre los requisitos esenciales del artículo 3.2 de la Directiva R&TTE

LST EN 302 502 V1.1.1-2007 Redes de acceso por radio de banda ancha (BRAN); sistemas fijos de transmisión de datos de banda ancha de 5,8 GHz; EN armonizada que cubre los requisitos esenciales del artículo 3.2 de la Directiva R&TTE ha sido cambiado a LST EN 302 502 V1.2.1-2008 Redes de Acceso Radio de Banda Ancha (BRAN); sistemas de transmisión de datos de banda ancha fija de 5,8 GHz; EN armonizada que cubre los requisitos esenciales del artículo 3.2 de la Directiva R&TTE.

estándares y especificaciones




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