Esta norma establece los criterios técnicos y las especificaciones necesarias para la evaluación y comercialización de la canela y la canela en polvo de tres variedades botánicas específicas. Se centra exclusivamente en las procedencias de Sri Lanka, Seychelles y Madagascar, definiendo los parámetros de calidad que distinguen a estos tipos de especia. El documento detalla los métodos de análisis para determinar características físicas y químicas, asegurando que los productos cumplan con los requisitos de identidad y pureza. Incluye directrices sobre el empaquetado y el etiquetado para facilitar el comercio internacional de estos productos agrícolas. Su propósito es proporcionar un marco común que permita a productores y compradores verificar la autenticidad y la aptitud para el consumo de la materia prima. De esta forma, se uniforman las prácticas comerciales relacionadas con estas variedades específicas de corteza y polvo, minimizando las discrepancias en las negociaciones entre las partes involucradas en la cadena de suministro global.
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