CFR 7-1216.40-2014 Agricultura. Parte 1216: Promoción, investigación y orden de información del maní. SubparteA: Orden de promoción, investigación e información del maní. Sección 1216.40: Establecimiento y membresía.
a) Establecimiento de una Junta Nacional del Maní. Se crea una Junta Nacional Maní, en adelante denominada Junta, integrada por no más de 12 productores de maní y suplentes, designados por el Secretario a partir de las siguientes nominaciones:
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2014CFR 7-1216.40-2014 Agricultura. Parte 1216: Promoción, investigación y orden de información del maní. SubparteA: Orden de promoción, investigación e información del maní. Sección 1216.40: Establecimiento y membresía.