CFR 15-758.2-2014
Comercio y comercio exterior. Parte 758: Requisitos de despacho de exportación. Artículo 758.2: Sistema automatizado de exportación (AES).

Estándar No.
CFR 15-758.2-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 15-758.2-2014
 

Alcance
Las Regulaciones de Comercio Exterior (FTR) de la Oficina del Censo (15 CFR Parte 30) contienen disposiciones para presentar Información Electrónica de Exportación (EEI) utilizando el Sistema Automatizado de Exportación (AES). Para utilizar AES, debe solicitar directamente a la Oficina del Censo (Oficina del Censo) la certificación y aprobación (consulte 15 CFR 30.5(a) del FTR). Hay dos opciones de presentación electrónica (antes y después de la salida) disponibles para transmitir EEI. La presentación previa a la salida requiere que toda la información se reporte en AES antes de la exportación (15 CFR 30.4(a) y (b) del FTR). La presentación posterior a la salida está disponible solo para empresas aprobadas (aprobadas por la Oficina del Censo, Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. y BIS) y no requiere que se transmita información antes de la exportación; la información completa se reporta después de la salida a más tardar cinco (5) días calendario después de la fecha de exportación (15 CFR 30.4(c) del DCE).

CFR 15-758.2-2014 Historia

  • 2014 CFR 15-758.2-2014 Comercio y comercio exterior. Parte 758: Requisitos de despacho de exportación. Artículo 758.2: Sistema automatizado de exportación (AES).
  • 2013 CFR 15-758.2-2013 Comercio y comercio exterior. Parte 758: Requisitos de despacho de exportación. Sección 758.2: Sistema Automatizado de Exportación (AES).

estándares y especificaciones




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