Tal como se utilizan en esta parte, se aplican las siguientes definiciones: Juez de derecho administrativo. La persona autorizada para llevar a cabo audiencias en procedimientos administrativos de ejecución iniciados bajo la EAA o para conocer apelaciones de la imposición de órdenes de denegación temporal. El término “juez” puede usarse por motivos de brevedad cuando está claro que la referencia es al juez de derecho administrativo.
CFR 15-766.2-2014 Historia
2014CFR 15-766.2-2014 Comercio y comercio exterior. Parte 766: Procedimiento administrativo de ejecución. Sección 766.2: Definiciones.