CFR 33-150.200-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.200: ¿Quién debe garantizar que el personal del puerto de aguas profundas esté calificado?
El titular de la licencia debe asegurarse de que la persona que ocupa un puesto cumpla con las calificaciones para ese puesto como se describe en el manual de operaciones.
CFR 33-150.200-2013 Historia
2013CFR 33-150.200-2013 Navegación y aguas navegables. Parte 150: Puertos de aguas profundas: operaciones. Sección 150.200: ¿Quién debe garantizar que el personal del puerto de aguas profundas esté calificado?