Esta norma europea especifica los requisitos de seguridad para las mesas elevadoras industriales para subir y/o bajar mercancías y para el(los) operador(es):
——cuando la mesa elevadora no pasa por un rellano fijo;
——sirviendo a no más de 2 descansos fijos. Esta norma europea trata todos los peligros importantes relacionados con las mesas elevadoras cuando se utilizan según lo previsto en las instrucciones de funcionamiento y en las condiciones previstas (incluido el mal uso previsible) en las instrucciones de funcionamiento (consulte la Cláusula 4). Esta norma europea especifica las medidas técnicas apropiadas para eliminar o reducir los riesgos derivados de los peligros significativos. Se incluyen mesas elevadoras eléctricas y manuales, ya sean fijas o móviles. Esta norma europea no se aplica a los siguientes equipos;
——mesas elevadoras que sirvan a más de dos rellanos fijos de un edificio, para elevar mercancías con una velocidad de desplazamiento vertical no superior a 0,15 m/s (EN 1570-2);
——mesas elevadoras que sirvan a más de dos rellanos fijos de un edificio para operadores de elevación, con una velocidad de desplazamiento vertical no superior a 0,15 m/s (EN 1570-3);
——mesas elevadoras que transportan operadores e instaladas en recintos completos (EN 1570-3);
——mesas elevadoras instaladas permanente y temporalmente, que sirven a niveles específicos de un edificio para operadores de elevación, con una velocidad de desplazamiento vertical superior a 0,15 m/s (EN 81-1 y EN 81-2);
——mesas elevadoras con sistemas de elevación con correas planas o dentadas para el transporte de operadores;
——mesas elevadoras cuya velocidad de desplazamiento vertical exceda de 0,15 m/s (a menos que sean seguras por su posición y no sean transportadas por personas);
——plataformas elevadoras eléctricas para personas con movilidad reducida (EN 81-41);
——mesas elevadoras móviles para equipos de apoyo en tierra de aeropuertos (EN 1915-2 y EN 12312-1);
——mesas elevadoras diseñadas como parte de un ascensor según la Directiva (95/16/CE);
——mesas elevadoras utilizadas en barcos;
——plataformas elevadoras de trabajo móviles (EN 280);
——plataformas de trabajo elevadoras estáticas;
——elevadores de vehículos para mantenimiento (EN 1493);
——
EN 1760-1:1997 Seguridad de la maquinaria - Dispositivos de protección sensibles a la presión - Parte 1: Principios generales para el diseño y ensayo de esteras y suelos sensibles a la presión Incorpora la Enmienda A1: 2009
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EN 1915-2:2001 Equipos de apoyo en tierra para aeronaves - Requisitos generales - Parte 2: Requisitos, cálculos y métodos de prueba de estabilidad y resistencia (Incorpora la Enmienda A1: 2009)
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EN 81-1:1998 Normas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores - Parte 1: Ascensores eléctricos (Incorpora la Enmienda A3: 2009)
EN 81-2:1998 Normas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores - Parte 2: Ascensores hidráulicos (Incorpora la Enmienda A3: 2009)
EN 81-31:2010 Normas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores únicamente para el transporte de mercancías. Parte 31: Ascensores accesibles únicamente para mercancías.
EN 81-41:2010 Normas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores especiales para el transporte de personas y mercancías. Parte 41: Plataformas elevadoras verticales destinadas a personas con movilidad reducida.*, 2023-11-08 Actualizar
2011EN 1570-1:2011 Requisitos de seguridad para mesas elevadoras - Parte 1: Mesas elevadoras que sirven hasta dos descansos fijos (Incorpora la Enmienda A1: 2014)