Esta parte de BS 7087 especifica los requisitos para la menta entera seca (menta verde), tanto la menta frotada como los ramos, procesados para uso alimentario y derivados de una o más de las subespecies/variedades de la especie Mentha Mentha X spicata L. No incluye poleo. (Mentha pulegium L.) o menta (Mentha X piperita L.). Se recolecta antes o al comienzo de la floración. Esta parte de BS 7087 también especifica los requisitos para la menta molida seca derivada de menta entera (menta verde) que cumpla con esta norma. En el apéndice C se proporciona información adicional sobre requisitos adicionales que pueden especificarse en los contratos de compra. NOTA. Las publicaciones a las que se refiere esta norma se enumeran en el interior de la contraportada.
BS 7087-10:1996 Historia
1996BS 7087-10:1996 Hierbas y especias listas para uso alimentario - Especificaciones para la menta seca (entera, frotada y molida)
1990BS 7087-10:1990 Hierbas y especias listas para uso alimentario-Especificación para menta seca (entera, frotada y molida)