CFR 40-180.649-2014
Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.649: Saflufenacilo; tolerancias de residuos.

Estándar No.
CFR 40-180.649-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 40-180.649-2014
 

Alcance
(un general. (1) Se establecen tolerancias para los residuos de saflufenacilo, incluidos sus metabolitos y productos degradados, en o sobre los productos que figuran en la siguiente tabla. El cumplimiento de los niveles de tolerancia especificados a continuación se determinará midiendo únicamente la suma de saflufenacilo, 2-cloro-5-[3,6-dihidro-3-metil-2,6-dioxo-4-(trifluorometil)-1( 2H)-pirimidinil]-4-fluoro-N-[[metil(1-metiletil)amino]sulfonil]benzamida y sus metabolitos N-[2-cloro-5-(2,6-dioxo-4-(trifluorometilo) -3,6-dihidro-1(2H)-pirimidinil)-4-fluorobenzoil]-N′-isopropilsulfamida y N-[4-cloro-2-fluoro-5-(?[(isopropilamino)sulfonil]amino?carbonil) fenil]urea, calculada como equivalente estequiométrico de saflufenacilo, en el interior o en la superficie de los productos.

CFR 40-180.649-2014 Historia

  • 2014 CFR 40-180.649-2014 Protección del Medio Ambiente. Parte 180: Tolerancias y exenciones para residuos químicos de plaguicidas en alimentos. Sección 180.649: Saflufenacilo; tolerancias de residuos.

estándares y especificaciones




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